Crédito Universal Para Afiliados Pensionados

Crédito Universal Para Afiliados Pensionados

 

Los afiliados a Caja 18 pueden acceder a este tipo de crédito, establecido mediante D.S. Nº 1512 de Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 27 de Abril de 2011 que reglamenta los créditos universales del artículo 7º de la Ley Nº 20.448, que introdujo una serie de reformas en materia de liquidez, innovación financiera e integración de mercado de capitales.

Características

  1. Créditos a tasa fija denominados en pesos.
  2. Por un monto de hasta 1.000 unidades de fomento.
  3. Otorgados a personas naturales.
  4. Sin garantías reales.
  5. Convenidos por un plazo de hasta 3 años, sin perjuicio de que puedan ser pagados de forma anticipada, de acuerdo a lo establecido entre las partes o en la Ley Nº 18.010.
  6. Facultan al deudor para disponer libremente de la suma de dinero objeto del crédito.
  7. Determinación Carga Anual Equivalente (CAE), lo que permite comparar entre distintas instituciones.

Requisitos

  1. Mantener condición de afiliado a Caja 18.
  2. Presentar aval en caso que corresponda. 

Documentos

  1. Cédula de Identidad vigente del solicitante y del aval, según corresponda.
  2. Última Liquidación de pensión.  

 

*En caso que Caja 18 o determine, se podrán exigir requisitos y/o documentos adicionales. 

Ver requisitos Generales de Acceso a Crédito Social. (Descargar aquí)

Para ver requisitos de solicitud de crédito para afiliado trabajadores, ver Crédito Universal Trabajadores