Crédito Social para Afiliados Trabajadores

Descuento de cuotas por planilla (liquidación de sueldo)

Hasta un plazo máximo de 60 cuotas mensuales

Seguro de desempleo voluntario.

Cuotas fijas y en pesos

Incluye seguro de desgravamen

Depósito del monto del crédito aprobado directo en tu cuenta bancaria

Condiciones generales de aprobación de crédito social

Ser afiliado a Caja 18 al momento de la solicitud.

• Ser mayor de 18 años.

Nacionalidad chilena o extranjera con residencia definitiva, acreditada por medio de cédula de identidad vigente.

Acreditar domicilio en el territorio nacional.

24 meses de antigüedad para afiliados trabajadores dependientes y 3 años para trabajadores afiliados del sector público a contrata.

• Montos y aprobación de créditos sujetos a la capacidad de endeudamiento de cada afiliado y políticas de crédito vigentes.

* En caso de que Caja 18 lo estime conveniente, se solicitarán requisitos adicionales.

Documentos a presentar

Realiza la solicitud de tu crédito social, directamente en una sucursal Caja 18, presentando la siguiente documentación.

Cédula de identidad vigente.

Acreditación de domicilio del solicitante por medio de estados de cuenta, cartolas bancarias, cuentas de servicio básicos o televisión/telefonía.

Certificado de vigencia laboral con fecha de emisión no mayor a 5 días desde la fecha de solicitud del crédito, firmada por el empleador o representante legal de la empresa afiliada, y con firma registrada en Caja 18.

Última liquidación de sueldo, firmadas por la empresa. En caso de rentas variables, se deberán presentar las últimas 3 liquidaciones.

Formulario Caja 18 para solicitud de crédito social.

*En caso de que Caja 18 lo estime conveniente, se solicitarán documentos adicionales.

Ver listado completo de requisitos de acceso a Crédito Social

La capacidad de endeudamiento de un afiliado, estará determinada por la relación entre la remuneración líquida mensual y la suma de la cuota del crédito a contratar más las cuotas correspondientes a otros créditos vigentes en el sistema C.C.A.F., la que no debe superar los porcentajes máximos establecidos por la normativa.

Solo podrán ser avales aquellos trabajadores que no superen los porcentajes máximos de endeudamiento, establecidos de acuerdo a la legislación vigente.

El plazo máximo de los créditos sociales es de 60 meses.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Crédito Social?

El crédito social es un beneficio de bienestar social consistente en préstamos en dinero, cuya finalidad está orientada a contribuir a satisfacer las necesidades del trabajador y del pensionado afiliado y de sus causantes de asignación familiar, relativas a: vivienda, bienes de consumo durables, trabajo, educación, salud, recreación, contingencias familiares y otras necesidades de análoga naturaleza. Se excluye expresamente el crédito para la adquisición de inmuebles, salvo para la complementación del ahorro previo.

¿Quiénes pueden optar a un Crédito Social?

Pueden solicitar Crédito Social quienes tengan la calidad de Afiliados, sean estos  trabajadores y/o pensionados.

Afiliado trabajador: Es aquel trabajador dependiente de una entidad empleadora afiliada a Caja 18

Afiliado pensionado: Es aquel Pensionado que se ha afiliado en forma individual a Caja 18.

¿Puedo solicitar un crédito social en Caja 18, si no soy afiliado?

No, para solicitar un crédito social en Caja 18, debe ser afiliado ya sea trabajador y/o pensionado.

¿Se requiere tener antigüedad para optar a un crédito social?

Sí, la ley fija un período previo mínimo para calificar a optar a crédito social, sin perjuicio que Caja 18 requiere antigüedad mínima para Trabajador y /o Pensionado.

Afiliado trabajador: 24 meses para trabajador dependiente y 36 meses para trabajador a contrata

Afiliado pensionado: a partir del primer mes de iniciado los beneficios.

¿Los Créditos Sociales tienen seguro de desgravamen?

Sí, todos los créditos sociales tienen obligatoriamente que contar con un seguro de desgravamen.

¿Para qué sirve el Seguro de Desgravamen?

El Seguro de Desgravamen  permite, en caso de fallecimiento del titular de un crédito, cubrir el monto del  saldo insoluto del crédito asegurado, extinguiendo de este modo la deuda tanto para el titular como para los avales de esa operación.

 

¿Hay otros seguros obligatorios para el Crédito Social?

No, solo el seguro de desgravamen es obligatorio. Los demás seguros son voluntarios

¿En qué consiste el Seguro de Cesantía?

Es un seguro de carácter voluntario que el afiliado  trabajador puede contratar al optar por un crédito social  y que cubre hasta 3 cuotas continuas del crédito social, ante la pérdida involuntaria del trabajo (cesantía) bajo algunos de los puntos señalados en  los artículos N° 159 y 161 del código del trabajo.

¿Cómo puedo acceder a un Crédito Social?

Para los efectos de acceder al crédito social el afiliado, trabajador o pensionado, deberá presentar la Solicitud de Crédito Social en cualquier sucursal de Caja 18 adjuntando los antecedentes requeridos según su calidad de afiliado (trabajador o pensionado)

Una vez aprobado mi crédito social, ¿cómo lo obtengo?

Una vez aprobado el crédito, deberás concurrir a la sucursal para suscribir los documentos que detallan las condiciones de este, tales como: Contrato, pagaré, liquidación de crédito con detalle de la amortización  capital y de la composición de las  cuotas, copia de seguro (s) contratados. El monto del crédito solicitado puede ser disponibilizado y entregado por medio de un cheque nominativo, o bien suscribir mandato para realizar transferencia electrónica a su cuenta bancaria.

¿Qué es una renegociación?

La renegociación o reprogramación,  es una operación entre las partes que busca modificar las condiciones originales de una operación de crédito social. Este cambio en las condiciones originales estipuladas puede consistir en variaciones en la modalidad de pago del crédito ya sea extensiones del plazo original, rebajas en la tasa de interés pactada o en el mecanismo de amortización de la deuda o de todas las condiciones anteriores.

¿Cómo se paga el crédito social?

Los deudores y avalistas, cuando proceda, pagarán los créditos en cuotas mensuales que les serán descontadas de sus remuneraciones por los empleadores; o de sus pensiones por la correspondiente entidad pagadora de pensión.

¿Qué pasa con el pago de mi crédito social si estoy con Licencia Médica?

En el evento que el deudor se encuentre con licencia médica, será exclusiva responsabilidad de éste el pago de las cuotas de crédito social cuyo vencimiento se verifique durante el periodo que dure la Licencia Médica, debiendo para ello, efectuar el pago de las cuotas respectivas en las agencias de Caja 18, previo a los respectivos vencimientos.

¿Qué hago si me descontaron mi cuota del crédito social y yo la había pagado directamente?

Si se verifican pagos en exceso, entendiendo por tales, aquellos montos pagados que superan la obligación periódica, de uno o varios meses, contraída con  Caja 18, en un momento determinado, y que no corresponde a un pago anticipado de la deuda ni de las cuotas en que ésta se divide; se procederá a su devolución de conformidad a las normas que regulan la materia. Para esto bastará con ingresar el RUT en el espacio habilitado denominado “Pagos en Exceso” para realizar la solicitud de devolución de estos.

 

 


 

El crédito social es un beneficio de bienestar social consistente en préstamos en dinero para apoyar a los afiliados frente a necesidades del trabajador, del pensionado o de sus causantes de asignación familiar. El plazo de restitución del crédito social es de un máximo de cinco años, y se efectúa en cuotas mensuales y sucesivas. Los préstamos se otorgan a una tasa de interés fija, que quedará determinada a la fecha de emisión del respectivo pagaré.

El crédito social puede ser contratado de manera presencial, en cualquiera de las agencias de Caja 18, o bien, de manera remota a través de la sucursal virtual (portal individual) ubicada en el sitio web www.caja18.cl. A su turno, el proceso de otorgamiento considera las siguientes etapas: (i) Solicitud de crédito. (ii) Suscripción de los documentos del crédito social y de los productos conexos (obligatorio y voluntario). (iii) Entrega del crédito social. Ésta se verificará una vez suscritos, todos y cada uno de los instrumentos determinados por Caja 18, así como también aquellos que fueren requeridos por el ministerio de la ley; en cheque nominativo, o a través de una transferencia electrónica en la cuenta bancaria personal que el afiliado singularice previamente y por escrito, a través de cualquiera de los formularios establecidos por Caja 18 para tal efecto, y excepcionalmente en efectivo.

El contratante podrá pagar anticipadamente el valor total o parcial del crédito contratado, afecto a una comisión de prepago que corresponderá a un mes de intereses pactados calculados sobre el capital que se prepaga; el que podrá realizar en agencias o en el sitio web de Caja 18.

Todos los gastos de la cobranza de las deudas vencidas serán de cargo del deudor. Los gastos de la cobranza serán de un 9% de la deuda vencida tratándose de sumas iguales o inferiores a 10 U.F.; 6% por la parte que exceda 10 U.F. y hasta 50 U.F.; y de 3% por la parte que exceda 50 U.F.

La información sobre los derechos de todo consumidor de créditos para efectuar la portabilidad de sus créditos vigentes, se encuentra en el link https://www.caja18.cl/empresas/creditos/portabilidad-financiera/