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Informamos que la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) dictó recientemente la Circular N°3889, por cuyo intermedio estableció un cambio en la distribución de la tasa de cotización del 7% para salud de los trabajadores afiliados a FONASA. De esta forma, en lo sucesivo el 7% de la cotización para salud se distribuirá de la siguiente forma:
Este cambio en la distribución del porcentaje de las citadas cotizaciones regirá a partir de las remuneraciones de noviembre de 2025, cuyo pago se debe verificar hasta el 10 de diciembre de 2025, o hasta el día 13 de diciembre de 2025 si el pago se realiza a través de la plataforma electrónica PREVIRED.
Como fluye de los párrafos anteriores, la variación no representa un aumento de la cotización que se debe destinar a FONASA, sino sólo una redistribución del 7% de la cotización de salud. Asimismo, relevamos que el porcentaje de cotizaciones que se destina a las C.C.A.F. es imputado exclusivamente al financiamiento del régimen de subsidios por incapacidad laboral que administran las C.C.A.F. respecto de los trabajadores afiliados a FONASA, por lo que tales sumas no se integran al patrimonio de las C.C.A.F. ni implican ingresos para éstas.
Cualquier información adicional sobre esta materia, solicítela a través de nuestro Call Center (600 718 18 18) o al correo cotizaciones@caja18.cl
Pedro González Barria
Subgerente de Fondos Nacionales
Caja 18
